Humberto Primo 3100 | CAL0286

FICHA

  • Producto Departamento
  • Operación Alquiler
  • Barrio San Cristóbal
  • Ambientes 4
  • Dormitorios 3
  • Baños 1
  • Antigüedad 60 años
  • Estado Bueno
  • Disposición Frente
  • Sup. Propia 89,00 m2
  • Sup. Cubierta 89,00 m2
  • Expensas 0

$ 850.000

ALQUILER

Humberto Primo 3100

San Cristóbal

Se ofrece en alquiler un departamento tres ambientes con una dependencia en la calle Humberto Primo al 3100. En el corazón de San Cristóbal! Amplio departamento. Con una superficie total de 89 m² , cubierta de 82 m², y descubierta de 7 m², este departamento cuenta con tres (3) dormitorios, balcón, y terraza propia. La unidad se encuentra en el segundo piso por escalera, con disposición al frente, lo que garantiza luminosidad. Dormitorios con buena iluminación. El estar comedor es amplio y luminoso, con cocina integrada. Además, cuenta con baño completo. A pocos metros de la Av. San Juan, cercano a la línea E y H del Subterráneo. SIN EXPENSAS REQUSITOS Contrato de locación a dos años con ajustes trimestrales por IPC Un mes de depósito $850.000 Un mes de alquiler: $850.000 Garantía: Seguro de Caución: FINAER/GARANTIA YA /RESPALDAR/PREMIUM/GARANTINA/TOTALFIANZA Los servicios de METROGAS, EDESUR, ABL, AYSA son a cargo del Locatario Seguro de responsabilidad contra incendio.


DETALLE DE LA PROPIEDAD

Expensas: 0

*Las descripciones arquitectónicas, valores de expensas, impuestos o servicios, fotos y medidas de las propiedades son aproximados. Los datos fueron proporcionados por el propietario y pueden no estar actualizados a la hora de la visualización de este aviso por lo cual pueden arrojar inexactitudes o discordancias con las que surjan de los las facturas, títulos o planos legales del inmueble. Se pondrá a disposición del interesado la documentación necesaria a fin de realizar las verificaciones respectivas previamente a la realización de cualquier operación, requiriendo por sí o sus profesionales la documentación que corresponda.
*Inciso 8 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley N° 5666). Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes", segun Art.4 de la Ley 5.859 de C.A.B.A.

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