Las Piedras 1000 | CAL0288

FICHA

  • Producto Departamento
  • Operación Alquiler
  • Barrio San Telmo
  • Ambientes 3
  • Dormitorios 2
  • Baños 1
  • Antigüedad 60 años
  • Estado Bueno
  • Disposición Lateral
  • Sup. Propia 54,00 m2
  • Sup. Cubierta 54,00 m2
  • Expensas 136000

$ 750.000

ALQUILER

Las Piedras 1000

San Telmo

DeLa zona cuenta además con excelente accesibilidad mediante múltiples líneas de colectivo y cercanía a avenidas principales, lo que permite una rápida conexión con distintos puntos de la ciudad. Asimismo, se encuentra próxima a universidades, centros educativos y espacios verdes. Valor locativo Alquiler mensual: $750.000 Expensas: $136.000 (aproximadas) Condiciones de contratación Mes de alquiler adelantado Mes de depósito en garantía Garantía mediante seguro de caución (FINAER/RESPALDAR/PREMIUM/GARANTIA YA/GARANTINA/TOTALFIANZA) Contrato conforme legislación vigente: 24 meses con ajustes trimestrales por IPC A cargo del locatario Expensas ordinarias Servicios: EDESUR, METROGAS y AYSA ABL Unidad ideal para quienes buscan vivir en una ubicación estratégica, con excelente conectividad y acceso a una amplia variedad de comercios y servicios, en un departamento funcional y en buen estado de conservación.partamento de tres ambientes ubicado sobre la calle Las Piedras al 1000, en el tradicional barrio de San Telmo. La unidad se encuentra en un quinto piso dentro de un edificio de aproximadamente 60 años de antigüedad, en buen estado de conservación.


DETALLE DE LA PROPIEDAD

Expensas: 136000

*Las descripciones arquitectónicas, valores de expensas, impuestos o servicios, fotos y medidas de las propiedades son aproximados. Los datos fueron proporcionados por el propietario y pueden no estar actualizados a la hora de la visualización de este aviso por lo cual pueden arrojar inexactitudes o discordancias con las que surjan de los las facturas, títulos o planos legales del inmueble. Se pondrá a disposición del interesado la documentación necesaria a fin de realizar las verificaciones respectivas previamente a la realización de cualquier operación, requiriendo por sí o sus profesionales la documentación que corresponda.
*Inciso 8 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley N° 5666). Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes", segun Art.4 de la Ley 5.859 de C.A.B.A.

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